El pasado viernes el Gobierno aprobó su proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Esto no quiere decir que la ley haya sido aprobada, puesto que todavía queda todo el trámite parlamentario, que puede tardar unos meses.
Hay que decir también, que el propio gobierno contempla estas medidas como un parche a la espera de una mayor revisión en profundidad de la norma. Así, la Disposición Final Tercera dice que el Gobierno en el plazo de un año realizará con los sectores interesados una reforma integral para adaptarla plenamente a las necesidades de la sociedad del conocimiento.
Pero para poder entender el contenido y urgencia de la reforma, debemos tener cierto contexto sobre la situación que provoca la misma y que explica 5 de las grandes decisiones que contiene.
Estas decisiones son:
- La modificación del uso de obras en instituciones de enseñanza,
- La práctica desaparición de la copia privada.
- La posibilidad de perseguir a los usuarios por las infracciones que cometan en la red.
- La creación de un derecho para los editores de medios de comunicación por el uso de fragmentos de sus artículos por agregadores.
- La regulación de supuestos para encajar la actividad de las webs de enlaces.
Pues bien, con la asunción del canon digital por el estado en 2012 se pasó de una situación en la que las entidades de gestión recibían sobre los 110 millones de euros a sólo 5. Posiblemente la más perjudicada, siendo la segunda más importante tras SGAE, fue CEDRO (entidad de gestión de textos) que pasó de recibir casi 19,29 millones de euros en 2011 a 1.024.991 euros en 2012, según sus propias memorias.1
CEDRO son los autores, pero también hay editores, grandes editoriales como Planeta, SM, etc. Ni que decir tiene el poder de las mismas en España por el control que tienen sobre grandes conglomerados mediáticos. Hasta 2012, casi toda la recaudación de CEDRO se basaba en lo que pagábamos los usuarios por fotocopiadoras, escáneres, móviles, etc, pero el cambio la dejó sin financiación suficiente.
El gobierno quiere la menor copia privada posible, porque de esa manera sale el menor dinero posible de los presupuestos generales
El gobierno quiere la menor copia privada posible, porque de esa manera sale el menor dinero posible de los presupuestos generales. Por eso deja la copia privada únicamente en la aquella que puede hacer quien compra un soporte para su uso personal y quien grabe un programa de la tele en su TDT. El resto de copias, al no estar amparadas por la copia privada son ilícitas. Por lo tanto perseguibles en los juzgados y reclamables indemnizaciones por su realización.
Pero hasta ahora la ley no permite perseguir a los usuarios que comparten archivos por internet, ya que los operadores no tenían obligación de identificar al titular de una conexión, no se podía hacer nada.
Para «solucionar» esto se modifica la ley de enjuiciamiento civil y ahora sí se puede identificar al usuario tras una IP, pero sólo para casos de propiedad intelectual. Se da la paradoja de que lo que ahora se va a permitir para casos civiles no es posible para delitos con penas inferiores a 5 años de prisión. Pero esto seguía sin aumentar la recaudación de las entidades de gestión. Así que hay que generar más derechos remuneratorios que se gestionen por estas para que aumente su recaudación.
Con ese pensamiento se modifica la cita en enseñanza para hacer que la inclusión de pequeños fragmentos de obras sea libre, pero cuando no se trate de libros de texto, manuales o similares, en cuyo caso el uso por los profesores deberá pagarse, pero será irrenunciable y de gestión colectiva obligatoria.
Es decir que se pagará a la entidad de gestión, aunque el profesor decida no cobrar para ese uso. Esto facilita los pleitos que actualmente CEDRO tiene con la universidades, puesto que ya no se podrá cuestionar su legitimación para la reclamación. Representa a todos los autores por ley. Y como esto puede no ser suficiente, y hay que atender a la prensa, se les concede la vieja reivindicación de un pago de Google (y a muchos otros servicios) por los mínimos fragmentos que se incluyen al enlazar una noticia.
Como si la gente por leer dos líneas de una noticia dejase de acudir al medio a leerla íntegra, cuando es al contrario, es esa entradilla más el titular lo que te hace ir a ver el total.
Por supuesto se hace un derecho de gestión colectiva obligatoria e irrenunciable para toda web de actualización periódica (lo que incluye miles de sitios webs) De esta forma CEDRO no tiene ningún problema de legitimación para reclamar a los agregadores, porque todo lo que se muestre será representado, en principio, por ella. Aunque publiques bajo Creative Commons, aunque no quieras cobrar por que te enlacen, da igual la entidad de gestión cobrará por tí y si no lo reclamas se lo quedará o lo repartirá con quienes sí estén asociados.
Así beneficia a CEDRO y a los medios, que ven en esta medida una manera de paliar sus exiguos resultados.
Por último, se concreta el cerco sobre las webs de enlaces, como ha reiterado el Gobierno americano, y la industria audiovisual, pero también la editorial con la esperanza del despegue del mercado del libro electrónico. Por supuesto, con una definición que obliga a introducir matices para que la actividad de Google como buscador no se vea afectada.
Pero ya hay en marcha una reforma del Código Penal, que por su dureza difícilmente quedarán webs de enlaces tras su aprobación en España. Como se ve este es el contexto y las razones para la reforma. Sin duda una reforma que intenta satisfacer a los sectores con capacidad de influencias al gobierno pero sobre la que se pueda dudar que sea buena para los ciudadanos.
fuente: alt1040